


AMPA C.E.I.P NUESTRA SEÑORA DE LA FUENSANTA BENIAJÁN​
¡TRABAJANDO POR NUESTROS HIJ@S​!

La Constitución Española de 1978, en su artículo 27.7, recoge el siguiente precepto
"Los profesores, los padres y, en su caso los alumn@s intervendrán el control y gestión
de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los
términos que la Ley establezca".
En los centros educativos todos somos iguales, y son nuestr@s hij@s los que están ahí recibiendo una educación y que los más interesados de que todo funcione lo mejor posible somos las madres y padres.
Sin olvidar el objetivo principal (reivindicaciones, defender los derechos colectivos del alumnado y gestionar el centro) la Asociación colaborando con la Dirección del colegio, el profesorado y las asociaciones de alumnos, pretende participar e intervenir en la gestión del centro, con el fin de mejorar la educación y lograr un clima de convivencia en el mismo.
Nuestro objetivo principal proclama y define que el derecho a la Educación es un Derecho Fundamental de los padres y tutores que desean ejercerlo dentro de la constitución.
Así pues, dentro de las finalidades del A.M.P.A, encontramos entre otras las siguientes:
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Informar y asesorar a los padres y madres de las actividades propias del A.M.P.A, de forma individual y colectiva, en todo aquello que concierna a la educación de sus hij@s y promover que ejerzan los derechos y deberes que tienen en esa labor.
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Potenciar la formación para la participación de la familia en la vida del centro y en sus órganos de gobierno.
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Apoyar al alumnado y a las familias con necesidades educativas específicas o necesidades sociales.
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Promover la calidad educativa.
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Colaborar con el profesorado y el alumnado para el buen funcionamiento del centro.
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Fomentar la convivencia entre la comunidad educativa.
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Realizar actividades de carácter educativo que refuercen los valores y objetivos del Proyecto Educativo del Centro.
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Facilitar las actividades educativas en relación con el entorno.
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Cualesquiera otras que, en el marco de la normativa a que se refiere el art. 4 del RD. 1533/1986 y la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, le asignen los estatutos.
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Objetivos del A.M.P.A

